Mostrando entradas con la etiqueta Viviendas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Viviendas. Mostrar todas las entradas

Ayudas a la compra de tu primera vivienda

El ministerio de vivienda desde su página web ha abierto una serie de secciones destinadas a explicar las ayudas que ofrecen para la adquisición de nueva vivienda:

Existen tres tipos de ayudas:

Ayudas a la promoción y adquisición de vivienda protegida de nueva construcción

Ayudas para la adquisición de viviendas ya existentes

Ayudas para promoción de viviendas destinadas al alquiler

Las viviendas de protección oficial

¿Que es una vivienda de protección oficial?

Las VPO o viviendas de protección oficial son aquellas cuyas dimensiones, tipo y precio están reguladas por la administración pública, de forma que establece unas condiciones para poder acogerse a beneficios económicos y fiscales por parte de los compradores, los cuales además deben reunir unas condiciones establecidas respecto a la titularidad de estas viviendas, ingresos, rentas familiares, etc.

¿Que limitaciones tienen?

Este tipo de viviendas VPO deben cumplir una serie de requisitos al ser otorgadas: Deben destinarse al domicilio habitual y no pueden superar una superficie máxima. Existen VPOs de promoción pública (promovidas por la propia Administración),pero también de promoción privada. El precio de venta está limitado por unos máximos y fijados por ley.

Existen limitaciones también para su compra/venta. Las viviendas VPO sólo pueden ser vendidas antes de su liberalización, previo aviso a la Administración que las gestionó, ya que puede ejercer su derecho preferente de compra. El precio, hasta que pierda la calificación de Vivienda de Protección Oficial, viene regulado por la Administración. Existe libertad absoluta de precio cuando la vivienda deje su condición de protegida y pase a ser libre.

¿Cual es el problema actual de la VPO?

El problema actual surge cuando la vivienda de protección oficial es vendidad antes de su liberalización. En estos casos, el propietario cobra de forma legal el precio fijado por ley, pero otro porcentaje muy alto del precio que el marca es cobrado en negro. Aumentando la especulación y el problema de la vivienda en España

Bancos vendiendo pisos a través de inmobiliarias online: ¿Pisos embargados?

Son muchas los clientes de algunos bancos como BBVA que me han comentado que han recibido publicidad por correo convencional anunciando un portal inmobiliario de la entidad, donde se pueden encontrar pisos en venta y alquiler.

¿Estan poniendo a la venta y en alquiler pisos embargados por impago de hipotecas?

Esa es la pregunta que muchos nos hacemos. En el folleto se pueden encontrar promociones del estilo:

Torrelodones desde 340.504 (bajos con jardin 2 dormitorios)
Campo real desde 329.600 (unifamiliares pareados 4 dormitorios)
Pinto desde 230.000 (1 dormitorio, plaza de garage, trastero y picina)
Arrollomolino desde 394.200 (unifamiliares 3 dormitorios)

Incluso en alquiler tienen apartamentos en Paseo de la Castellana por 650€ mes.

Que un banco venda pisos puede anunciar lo que muchos nos temíamos, que las cuotas de hipoteca están subiendo tanto que se están convirtiendo en imposibles de pagar para muchos. ¿Que opinais?

Podeís encontrar más información en Atrea, la agencia inmobiliaria online del BBVA.

Cuanto pagaré de IVA en la compra de mi vivienda

Debes saber qe únicamente tienes que pagar el Impuesto del Valor Añadido (IVA); en el caso de vivienda de primera mano ya que en las de segunda mano se abona el 6% del valor escritura.

Volviendo al tema del IVA, normalmente se paga el 7% del valor escriturado en las viviendas libres. Y también te interesa conocer que algunas viviendas de protección oficial tienen un régimen especial, con un tipo impositivo del 4% .

Por último, comentarte que existe otro impuesto para el comprador que es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Se abona entre el 0 y el 1% del valor de la garantía hipotecaria, que viene a ser entre un 1,5% y un 2% del importe del préstamo.

Y respecto a las obligaciones del vendedor, está obligado al pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, plusvalía, pero podría pactarse lo contrario en el contrato de compraventa. De ahí que es conveniente que te fijes muy bien que el contrato de compraventa que firmes no ponga alguna cláusula donde se comente que la plusvalía será por cuenta de comprador porque es lícito ponerla y si firmas correrías tú con el pago.

Design konnio.com